la agencia española de consumo, seguridad alimentaria y nutrición (aecosan), convoca a cuantos candidatos quieran presentarse a formar parte de su comité científico.
tal y como se indica en la convocatoria oficial, dicho comité científico:
[…] es el órgano para la evaluación de riesgos que […] asume las funciones de proporcionar a la agencia, dictámenes científicos en materia de consumo, seguridad alimentaria y nutrición, definir el ámbito de los trabajos de investigación necesarios para sus funciones y coordinar los trabajos de los grupos de expertos que realicen actividades de evaluación de riesgos en el marco de las actuaciones de la agencia.
la presente convocatoria […] está dirigida a los científicos que deseen ser miembros del citado comité en la sección consumo y tiene como objetivo seleccionar a las personas que dispongan de conocimientos especializados en las áreas que se mencionan más adelante y estén mejor cualificadas para incorporarse al comité científico de la aecosan.
sobre los criterios de selección creo que merece la pena que le eches un vistazo en este enlace a la propia candidatura y que juzgues tú mismo su idoneidad al respecto de tus intereses.
alabando el necesario buen hacer de este tipo de organismos a los que se les prevé una necesaria independencia y ecuanimidad de un órgano público del que van a emanar buena parte de las recomendaciones que terminarán siendo los dictámenes del ministerio de salud, no puedo por menos que hacer destacar un característica que ha llamado poderosamente mi atención y que como sigue se manifiesta en la convocatoria.
de acuerdo con la disposición adicional 5ª del estatuto de la aecosan, los miembros del comité científico no percibirán remuneración alguna derivada de su condición de miembros de dicho órgano, ni por el ejercicio de las funciones inherentes a su pertenencia al mismo. únicamente percibirán las indemnizaciones que por razón de servicio les correspondan, de acuerdo con el real decreto 462/2002, de 24 de mayo, o, en su caso, el abono de los gastos, debidamente justificados, que les ocasione el ejercicio de su función.
es decir, no se cobra ni por pertenecer al comité científico ni por el trabajo que se va a realizar en su seno. y conste que, en principio no se trata de un trabajo de “figurante” ya que tal y como también se explica:
los candidatos deben tener en cuenta que, por lo general, las reuniones implican un volumen considerable de trabajo preparatorio.
con sinceridad, me gustaría que alguien me explicara el porqué de esta circunstancia, siendo que además el trabajo a desempeñar precisa una alta cualificación. quiero pensar que hay alguna explicación para que así se haga ya que la primera consecuencia que para mí se deriva de esta realidad (trabajar mucho y no obtener una compensación económica) es que solo puedan presentar su candidatura aquellas personas con “la costilla cubierta” lo que al mismo tiempo podría facilitar (que no obligar) que las personas que finalmente terminan trabajando en ese comité científico posean más conflictos de intereses que aquellas que trabajan solo y para ese comité científico. veámoslo con un ejemplo.
imaginemos que hay tres candidatos o candidatas “tipo” que plantean presentarse. el primero pongamos que es alguien que ostenta el cargo de la dirección científica de cualquier empresa de las grandes de la industria alimentaria (por suponer, supón cualquiera de las más grandes); el segundo, pongamos que es un profesor o profesora de universidad, profesional autónomo y con una consulta abierta al público; y el tercero un o una joven sobradamente preparado/a (jasp los llamaban antes) en el paro y con todas las ganas de comerse el mundo. la realidad nos dice que, probablemente y en el ejemplo solo pueda presentarse el primero de ellos. la razón: hasta su empresa le podría animar a meter la cabeza en este tipo de comités científicos mientras le mantiene, claro está, el sueldo con el que poder seguir viviendo. el segundo, probablemente, se podría plantear si el dejar alguna de las actividades en su cogida-con-hilos-vida le podría compensar a medio o largo plazo… para lo más probable terminar desestimando la posibilidad de presentar su candidatura y; con respecto al tercer perfil, pues no lo sé, depende de muchas cosas que se termine presentando o no, de si vive en casa de sus padres, de lo dispuesto que esté a invertir en su futuro por la patilla, etcétera… pero que duda cabe que las posibilidades de resultar elegido del tercero son de chiste a tenor de los criterios de selección (lo digo por aquello de la experiencia demostrable).
en fin, sigo con la duda. no sé qué de beneficioso o de positivo tiene; qué es lo que se persigue, cuando un organismo oficial solicita candidatos altamente cualificados y preparados para realizar un trabajo “considerable”, independiente y con trascendencia sobre la salud pública y que este trabajo no esté remunerado en absoluto. ni bien, ni mal. nada.
así pues, si alguien tiene la clave para que esto sea así y no de otra forma, le agradeceré que por favor me haga llegar sus razones. los comentarios están abiertos a todo el mundo. gracias.
entre tanto, y si estás decidido, en este enlace te puedes descargar el formulario de inscripción y, en este otro, puedes descargarte el formulario de declaración pública de interés que junto a tu solicitud estarás obligado a presentar. suerte, si finalmente te presentas.
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