Pepsi Special y Kirin Mets Cola: ¿Puede un refresco ayudar a adelgazar?

Para quien no lo sepa todavía, cosa que dudo ya que la noticia está teniendo una acogida importante en los medios, Pepsi (a través de su filial nipona: Suntory Holdings Limited)  lanzó el pasado 13 de noviembre un polémico refresco de cola en el mercado japonés (de momento sólo allí). El refresco en cuestión se denomina “Pepsi Special” y se promociona con la propiedad de inhibir la absorción de grasa presente en la dieta. En su publicidad da a entender que se puede comer casi lo que uno quiera sin temer al subsiguiente engorde ya que la Pepsi Special te libra de las calorías de más provenientes de la grasa.

Aunque el anuncio está en japonés y no tiene subtítulos su mensaje se entiende muy requetebién: Joven varón hablando con una mujer disfrazada de enorme porción de pizza a la que le expresa su temor de engordar si se la come. El tema se complica en plan comedia de alcoba cuando aparece en escena una segunda mujer esta vez disfrazada de gigantesca hamburguesa. Entre ambas, pizza y hamburguesa, atosigan al protagonista para que se decida por una de las dos, pero ¡chan-chan!, aparece Pepsi Special… Gracias a ella, con su consumo, ya no hay que decidirse, el Tenorio japonés se puede comer las dos y no engordar.

El origen. Antes ya había otra (y la hay)

La envergadura mediática y el revuelo que está teniendo el lanzamiento de este refresco se debe probablemente a que es una compañía importante quien lo comercializa, Pepsi. Sin ir más lejos, no hace más de medio año (el 24 de abril) otro refresco de cola de características semejantes (por no decir idénticas) vio la luz comercialmente hablando en Japón. Se trata de Kirin Mets Cola comercializado por Kirin Holdings empresa ampliamente conocida en el país del sol naciente en especial por su cerveza.

El problema (uno de ellos, porque la cosa se va enmarañando poco a poco) es que en bastantes medios de comunicación y en diversos blogs atribuyen a ambos refrescos, más en especial al de Kirin, un efecto quema-grasa, además del de acelerar el metabolismo energético. ¿Cómo se te queda el cuerpo?

La dextrina como molécula entronizada

En mi opinión y en base a la normativa europea la única alegación más o menos cierta que se les podría atribuir tanto directa como indirectamente a a ambos refrescos es la de impedir la absorción de un porcentaje de las grasas presentes en la dieta gracias a la presencia de dextrina entre sus ingredientes.

La dextrina puede sonar como muy moderna y muy novedosa, pero no lo es: ¿os acordáis de los cereales dextrinados? Se trata de un tipo concreto de fibra dietética soluble. Si os estáis preguntando si es la misma fibra dietética que la que se puede encontrar en frutas, verduras, hortalizas y legumbres, habéis de saber que si no es la misma al menos es muy parecida. Es la misma fibra que se encuentra en infinidad de suplementos dietéticos con el fin de hacer frente al estreñimiento. La misma que puede ayudar a regular el tránsito del sistema digestivo y a reducir la absorción de algunos componentes lipídicos presentes en la dieta (triglicéridos y colesterol entre ellos).

 

 

Desde un punto de vista químico las moléculas de dextrina no son otra cosa que “recortes” originados de la digestión “suave” del almidón (o del glucógeno). Si partimos de la base que el almidón está constituído por larguísimas cadenas de glucosas unidas una detrás de otra, la dextrina no es más que ése almidón suavemente digerido. Es decir, la dextrina = cadenas cortas con pocos “eslabones” de glucosas unidas y; el almidón = cadenas más largas, con más “eslabones” de glucosas. De ahí que los típicos cereales dextrinados para lactantes al inicio de la alimentación complementaria consistan en eso, en cereales con el almidón predigerido (parcialmente hidrolizado) con el fin de facilitar la digestión a aquellos bebés con ciertas dificultades digestivas.

Entonces… ¿es verdad que inhiben la absorción de las grasas?

Respondamos brevemente un par preguntas y saquemos conclusiones:

– ¿Es la dextrina una clase de fibra dietética soluble? Sí.

– ¿Entre las propiedades generales de la fibra están el “retener” cierta proporción de la grasa presente en los alimentos? Sí.

Pues entonces la alegación podría ser cierta. De hecho, en un comunicado de prensa de la compañía Suntory se afirma que:

Esta bebida actúa por “la supresión de la absorción de grasa” y puede además inhibir el aumento de los triglicéridos después de comer, por lo que, posiblemente, estemos ante el primer refresco “saludable”. [Cuestión que no parece muy precisa: la Kirin fue antes que la Pepsi… así que eso de estar ante “el primer” refresco saludable… ¡ejem!]

Por tanto, en mi opinión y sobre el papel sí es posible que estas dos bebidas inhiban la absorción de un pocentaje concreto de las grasas presentes en la dieta.

Debido a estos supuestos beneficios para la salud, tanto la Pepsi Special como la Kirin Mets Cola  han sido catalogadas por las autoridades japonesas correspondientes como “FOSHU” (Food for Specified Health Use), es decir, como “alimentos para un uso concreto sobre la salud”. En otras palabras, los FOSHU japoneses son los alimentos funcionales de nuestro entorno. Otra cosa es que lo que se ha conseguido catalogar como FOSHU en Japón consiga autorizarse en Europa o en Estados Unidos con las mismas alegaciones.

¿Se podrá comercializar esta bebida en Europa o en Estados Unidos?

De nuevo en mi opinión, me temo alegro que no. No mientras las cosas no cambien. A decir verdad, desconozco bastante el procedimiento por el cual un alimento puede comercializarse en Japón bajo la denominación de “FOSHU”. Pero todo apunta que este procedimiento es más laxo que los que se exigen en la EFSA (Autoridad Europea  de Seguridad Alimentaria) o en su homóloga FDA norteamericana (ver este enlace al respecto) a la hora de hacer determinadas alegaciones.

¿Por qué no?

En principio por que el lanzamiento de esta bebida en Japón y los pretendidos beneficios de la dextrina se documentan en un único estudio científico bastante particular y a que es muy probable que este no reúna los estándares para que la EFSA o la FDA den por probada la seguridad y eficacia de esta bebida. En concreto, se trata de un estudio llevado a cabo en 2006 por investigadores del Instituto Nacional de Salud y Nutrición de Tokio sobre una muestra de ratones (no en humanos) a los que se les aportó dextrina en su dieta. Según parece, en este estudio se constató que los ratones a los que se les incluyó esta clase de fibra en la dieta absorbieron menos grasa que aquellos a los que no se les aportó. El resumen del estudio en cuestión se puede consultar en este enlace.

Afortunadamente he tenido la ocasión de consultar el estudio al completo y hay algunas cosas en el mismo que me han llamado poderosamente la atención:

  • El número de la muestra de ratones fue de 5 individuos por grupo grupo de intervención así como en el grupo control. Lo que me parece una muestra francamente escasa.
  • El tiempo de intervención fue de 28 días. Desconozco qué son 28 días en el ciclo vital de este tipo de roedores y su posible correspondencia con el de los humanos, pero me parece también un tiempo de intervención muy breve.
  • A pesar de haber encontrado las diferencias señaladas, cabe destacar que no hubo diferencias significativas en el peso de los distintos grupos de ratones al finalizar el experimento. Así, si se quiere justificar que una menor absorción de grasa dietética fruto de la presencia de la dextrina se acompaña de una reducción en el peso de los individuos… la cosa va a estar difícil.
  • Y lo más importante: no hay estudios en humanos con respecto a este protocolo, ni de intervención ni observacionales. Es preciso tener en cuenta que existen bastantes evidencias a cerca de los efectos a corto plazo del exceso de dextrina, tales como dolor abdominal, gases e inflamación; y además considerar que no hay datos de los efectos a largo.

A modo de corolario en este apartado me gustaría traer a colación las declaraciones del Dr. Walter Willett*, presidente de la Escuela de Nutrición de Salud Pública de Harvard, quien en un comunicado al respecto de este tema ha dicho que:

“A menos que Pepsi pueda proporcionar datos de estudios controlados en humanos sus alegaciones deben ser consideradas como falsas y engañosas.”

(*Nota: Para quien no lo sepa, nombrar a Walter Willet en el mundo de la nutrición es como nombrar a Usain Bolt en el mundo de los 100m. Ya sabéis que no comulgo con los criterios de autoridad, el nullius in verba y todo eso, pero la opinión de esta figura es todo un referente a tener en cuenta, en especial cuando es racional y está justificada… que es lo habitual por otra parte)

En resumen

Este tipo de refrescos son antieducadores. Fomentan de manera indirecta y también directa la indulgencia del consumidor ante patrones de alimentación desproporcionados en su cantidad y desequilibrados en su calidad. Además de las calorías y del perfil lipídico de la comida rápida, hay otros nutrientes “peligrosos” en ella, el sodio podría ser uno de los más representativos, sobre los que esta bebida no tendría ningún efecto.

Con independencia de que se inhiba la absorción de una determinada proporción de grasas, la cantidad total de las mismas será alta si se piensa que bebiendo esta clase de refrescos se puede comer más. Si se come sin privaciones (como se invita en el anuncio) aumentará la presencia total de las grasas; por lo tanto, al final la cantidad de grasa absorbida será probablemente bastante elevada con independencia de aquella que haya sido “retenida”.

Por último, las autoridades sanitarias que regulan los alimentos en la UE y en USA siguen una política bastante restrictiva a la hora de permitir alegaciones saludables en productos que no son inicialmente considerados como saludables. Os lo traduzco, la postura inicial de la EFSA y la FDA a al hora de intervenir en este tipo de cuestiones no es partidaria de autorizar de buenas a primeras un lavado de cara a base de permitir alegaciones salutíferas en aquellos alimentos que en esencia no están vinculados a un patrón de alimentación saludable. En un simil atomovilístico, sería como el defender que una tartana con GPS sigue siendo una tartana aunque lleve GPS. Es decir, no se está por la labor de considerar como generalmente beneficiosos aquellos alimentos cuya naturaleza intrínseca esta habitualmente vinculada a patrones de alimentación inadecuados por mucho que a estos alimentos se les incorpore (con calzador) un elemento sobre el que poder hacer descansar una alegación beneficiosa.

Lo que bajo mi punto de vista es una postura bastante acertada. Tal y como sugirió en un twitt la mencionada Harvard Public Health, si algo suena demasiado bien como para ser verdad lo más probable es que no lo sea.

 

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Foto Kirin Mets Cola: toyohara

Foto Pepsi Special: Suntory Holdings Limited